El Colegio de Abogados de Zaragoza ha celebrado el vigésimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley de Sucesiones en Aragón, coincidiendo con el Día de Aragón. Con la perspectiva de estas dos décadas podemos destacar en primer lugar que la ley “definió varias figuras jurídicas sucesorias, regulándolas con más detalle, como el testamento mancomunado, el pacto sucesorio, la extensión de la fiducia, que protege particularmente al cónyuge viudo, o el cambio en el régimen de la legitima colectiva que se redujo a un 50% del caudal hereditario”, ha explicado el presidente de la Sección de Derecho Civil Aragonés del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, y Académico Correspondiente de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación, José Luis Artero.
Esta Sección, junto a la Comisión de Formación del Colegio de Abogados de Zaragoza han organizado en las últimas semanas tres Jornadas en Conmemoración del XX aniversario de la Ley de Sucesiones de Aragón, que clausuraba el Vicedecano del REICAZ, Alfredo Sánchez Rubio, tras la conferencia pronunciada por el Justicia de Aragón, Ángel Dolado.
La Ley de Sucesiones de Aragón fue “la primera en el proceso de codificación del Derecho Civil Aragonés después de la Compilación de 1967 que permitió detallar y perfilar varios artículos en materia de Derecho de Sucesiones; de hecho, tras la Compilación se pasó de en torno a unos 50 artículos a los más de 200 que se contempla en la actual Ley”. Con estos cambios, se eliminó, por ejemplo, la posibilidad del Testamento ante Capellán o se reguló con mayor detalle todo lo relacionado con la fiducia, el pacto de sucesorio, el testamento mancomunado (ya no resulta obligatorio que los otorgantes sean cónyuges) o el régimen de la legítima como apuntábamos.
A lo largo de las sesiones, se ha analizado la Ley de Sucesiones desde el punto de vista notarial, en el que el presidente de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación, Doctor en Derecho y notario emérito, José Luis Merino Hernández, realizó propuestas de mejora como la “la eliminación del consorcio foral, y la revisión de otras figuras jurídicas”, ha explicado José Luis Artero.
Luis Alberto Gil-Nogueras, Magistrado y Académico de Número de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación, habló de la litigiosidad de esta Ley. “destacando que existen unas 25 sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en materia de sucesiones que analizó con detalle”. Por su parte, el Justicia de Aragón, Ángel Dolado Pérez, que clausuró las Jornadas ha disertado sobre la propia norma y su actual aplicación, así como del proceso codificador de la normativa foral.
Para el presidente de la Sección de Derecho Civil Foral Aragonés del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, José Luis Artero, “es importante que la gente conozca que en Aragón se nos aplica una normativa propia en materia de sucesiones y herencias, que nos permite un amplio margen de libertad de estipulación y de pacto, pero también en otras importantes materias como persona y capacidad, matrimonio y viudedad, familia, etc…”.